Quince años después de su sanción, la Ley de Glaciares volvió a colocarse en el centro de la agenda política argentina. La norma, aprobada en 2010 tras un extenso debate público, estableció la protección de los glaciares y del ambiente periglacial como reservas estratégicas de agua dulce. Hoy, el Poder Ejecutivo impulsa una reforma que, según sus promotores, busca “ordenar” la legislación y brindar previsibilidad jurídica a las inversiones. La iniciativa es impulsada por el gobierno de Javier Milei y reabre una discusión de fondo: qué lugar ocupa el agua en el modelo de desarrollo.
El proyecto propone modificar los criterios con los que se identifican las áreas protegidas. Entre los cambios más sensibles figura la posibilidad de que las provincias asuman un rol central en la definición de qué cuerpos de hielo deben ser incluidos en el inventario nacional y qué funciones justifican su conservación. De aprobarse, el alcance de la protección ya no dependería exclusivamente de parámetros técnicos homogéneos, sino también de decisiones políticas locales.
Para organizaciones ambientales y especialistas en derecho ambiental, el problema no reside en una actualización administrativa sino en el efecto estructural del cambio. Un documento elaborado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) sostiene que la reforma introduce una redefinición restrictiva de los glaciares protegidos, limitando el resguardo a aquellos considerados “estratégicos” y dejando fuera a numerosas geoformas que hoy cumplen funciones hidrológicas reconocidas. Esto implicaría, en los hechos, reducir el universo de territorios bajo protección legal.
El mismo análisis advierte que la iniciativa altera principios incorporados al derecho ambiental argentino, como el de no regresión, que impide disminuir los niveles de tutela ya alcanzados. La ley vigente fue concebida como una norma de presupuestos mínimos: un piso común de protección para todo el país. Transferir decisiones clave a las jurisdicciones provinciales, sostienen los críticos, fragmenta ese estándar y debilita el sentido federal de la política ambiental.
Más allá de la discusión jurídica, el impacto potencial es concreto. Los glaciares cumplen un papel central en la regulación de cuencas hídricas andinas y en el abastecimiento de agua para consumo humano, producción agrícola y generación energética. Su degradación compromete sistemas que ya se encuentran bajo presión por el aumento de las temperaturas y la reducción de las nevadas. Relajar los criterios de protección supone aceptar un mayor margen de riesgo en territorios donde los efectos del cambio climático son cada vez más visibles.
Este debate se produce en paralelo a otro proceso inconcluso: la ausencia de una ley nacional de humedales. Desde hace más de una década, distintos proyectos buscan establecer un marco legal para la protección de estos ecosistemas, sin lograr consenso definitivo. Mientras la Ley de Glaciares enfrenta ahora un intento de reforma, la de Humedales permanece estancada o es presentada como un obstáculo para la actividad económica.
Ambos casos revelan un patrón común. Glaciares y humedales son ecosistemas distintos, pero cumplen funciones similares: regulan el agua, amortiguan eventos extremos, sostienen biodiversidad y limitan la expansión de actividades intensivas sobre territorios frágiles. En los dos escenarios, el conflicto surge cuando la protección se traduce en reglas que condicionan el uso del suelo y los recursos.
Del hielo de la cordillera al barro de los esteros, la discusión no gira solo en torno a la conservación ambiental, sino a quién define el destino del agua y bajo qué criterios. La reforma de una ley ya vigente y la demora prolongada en sancionar otra muestran que la política ambiental no se dirime únicamente en el campo científico, sino en el cruce entre intereses productivos, disputas territoriales y decisiones de poder.
Lo que hoy se discute en torno a los glaciares proyecta un mensaje más amplio. Si una ley que consolidó consensos técnicos y sociales puede ser recortada, la protección de otros ecosistemas queda expuesta a la misma lógica. La cuestión de fondo se traduce en si el agua seguirá siendo tratada como un bien común estratégico o como una variable ajustable según las necesidades del momento.
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